Eran dos ballenatos que habían entrado de la mar, y tenían, como asienta el Maestro Dávila, «las cabezas cubiertas con el agua, y el resto del cuerpo descubierto, que parecían isletas; cuando sintieron gente hacia sí, levantaron las cabezas, y arrojando gran golpe de agua por los colodrillos, se fueron río abajo á la mar.» Fray Ignacio fué socorrido por sus compañeros que le tendieron un remo antes de que se hundiera, y pasado este incidente continuaron su navegación hastaque dieron en una verdadera isleta donde pasaron la noche. Temprano al siguiente día llegaron á la orilla del río, y dejando la embarcación, emprendieron á explorar el terreno hasta encontrar á la desventurada gente en cuya demanda iban. A poco andar tropezaron con un cadáver, después con otro y otros, y algunos heridos y traspasados de flechas, que apenas tenían ánimo para pedir agua.
«Aquella noche, dice nuestro cronista, quedaron los tres religiosos entre los muertos y heridos, esperando por horas la muerte. Después de media noche comenzaron á caminar con gran prisa, siguiendo cerca de la playa todo el día, hasta la noche que descubrieron á los demás españoles que se habían adelantado, y excusado por eso, hasta entonces de la muerte. Prosiguieron su camino todos juntos, la playa siempre en la mano, sustentándose de soló el marisco muy miserablemente. Casi veinte días llevaron este paso sin ver indios, aunque hallaban á algunos españoles flechados y otros muertos, porque como el aprieto era grande, cada uno procuraba su remedio lo mejor que podía, y unos se apartaban de otros procurando cada cual adelantarse por verse más presto en tierra de cristianos. Llegaron al fin los frailes y la demás gente á un río grande que está antes del de Pánuco, y comenzaron á dar orden cómo pasarle en balsas, muy descuidados ya de verindios; pero ellos no lo estaban de los españoles, y antes aprovecharon el tiempo de su ausencia en rehacerse de flechas, y por ganar el tiempo que los españoles les llevaban de ventaja.»
«Aquella noche, dice nuestro cronista, quedaron los tres religiosos entre los muertos y heridos, esperando por horas la muerte. Después de media noche comenzaron á caminar con gran prisa, siguiendo cerca de la playa todo el día, hasta la noche que descubrieron á los demás españoles que se habían adelantado, y excusado por eso, hasta entonces de la muerte. Prosiguieron su camino todos juntos, la playa siempre en la mano, sustentándose de soló el marisco muy miserablemente. Casi veinte días llevaron este paso sin ver indios, aunque hallaban á algunos españoles flechados y otros muertos, porque como el aprieto era grande, cada uno procuraba su remedio lo mejor que podía, y unos se apartaban de otros procurando cada cual adelantarse por verse más presto en tierra de cristianos. Llegaron al fin los frailes y la demás gente á un río grande que está antes del de Pánuco, y comenzaron á dar orden cómo pasarle en balsas, muy descuidados ya de verindios; pero ellos no lo estaban de los españoles, y antes aprovecharon el tiempo de su ausencia en rehacerse de flechas, y por ganar el tiempo que los españoles les llevaban de ventaja.»
El resultado de esta maniobra de los indios fué un combate terrible y tenaz. De los españoles unos trataron de huir y de esconderse, otros con las escasas armas, que no podían ser otras más que troncos ó ramas nudosas de árboles, se defendieron, y otros sucumbieron. Los religiosos, sin tener ya posibilidad de salmales. Su martirio llegó á tal grado, que prefirieron entregarse á las flechas de los indios, y salieron de aquel matorral, ganaron corriendo la orilla del río, y se echaron á la agua, único medio posible de desembarazarse de los voraces insectos. Cuando salieron del baño, encontraron inmediatamente una bandada de indios que los habían espiado y los esperaban. A Fray Juan de Mena le dieron un flechazo que le traspasó el pulmón y cayó muerto en el acto; á Fray Ignacio Ferrer le mataron dándole en la cabeza con un tronco grueso de árbol, y á Fray Marcos de Mena le asestaron siete flechazos, entre ellos uno en el lagrimal del ojo derecho. Los tres, nadando en sangre, cayeron en tierra, y los salvajes los dejaron ya muertos, y continuaron buscando á los demás españoles que se habían ocultado por las cercanías, matando á todos los que encontraron.
Así pasó ese funesto día, y los salvajes se retiraron creyendo haber acabado su misión sangrienta.
** *
El instinto de la propia conservación hizo que algunos de esos infelices se ocultasen, ya dentro del agua en la orilla del río, ya en alguna otra parte; el caso fué que todavía escaparon algunos de la matanza, y cerca de la noche, observando que los salvajes se habíanretirado, salieron cautelosamente á explorar el campo, y se horrorizaron de verlo cubierto de cadáveres. Fijaron la atención en los tres religiosos, y como les tenían no sólo veneración sino una inmensa gratitud por los servicios que les habían prestado, no pudieron menos sino derramar abundantes lágrimas, y resolvieron enterrarlos. Cavaron ligeramente unas sepulturas, porque no tenían tiempo ni instrumentos para hacerlas profundas, y depositando allí aquellos cuerpos sangrientos y venerados, les echaron una leve capa de tierra encima, rezaron una oración, y encomendándose ellos mismos á Dios, continuaron su peregrinación, en demanda siempre de Pánuco, que era para ellos la tierra de promisión.
En el resto de la noche cayó una fresca lluvia. La mañana siguiente fué pura y hermosa. Cuando salieron los primeros rayos del sol, Fray Marcos de Mena se creyó presa de una pesadilla. Sentía que tenía un gran peso en su cuerpo y que un negro velo cubría su rostro; pero en vez de sentir dolores, experimentaba por el contrario, una especie de consuelo como si hubiesen ungido su cuerpo con un bálsamo. Hizo un esfuerzo, levantóse y con facilidad pudo sacudir la poca de tierra con que le había cubierto la piedad de sus amigos. Miró á todos lados y no observó sino cadáveres sangrientos y desfigurados que comenzabaná ser ya pasto de las aves de rapiña. Se encomendó á Dios, hizo un esfuerzo supremo y se levantó alentado con la idea de que muchos, como él, podrían estar todavía con vida, y él ayudaría á que se alejasen de aquel fúnebre cementerio. La tierra y arena en que había estado enterrado, refrescada con la lluvia, había servido sin duda de medicina para mitigar la inflamación de las heridas y de los piquetes de los insectos, y de pronto parece que un vigor desconocido y sobrenatural animaba á su ya descarnado y sangriento esqueleto. Uno por uno examinó á sus tendidos é insepultos compañeros, entre los cuales encontró algunas madres que de hambre, de miedo y de cansancio se habían quedado muertas estrechando á sus hijos en sus brazos. Aquel desierto donde acababa de desaparecer todo vestigio de existencia humana, aquellos cadáveres desfigurados é insepultos á quienes la muerte sorprendió en las siniestras posiciones que causan el dolor y la desesperación, habrían infundido miedo á cualquier otro hombre. Nuestro religioso, por el contrario, animado del sentimiento sublime de la caridad, cumplió en aquel remoto páramo con los últimos deberes, y dió sepultura á cuantos pudo, para que los restos de los cristianos no fuesen devorados por las fieras. Buscó en seguida algunos alimentos, sin poder encontrar más que raíces,y juntando trozos de leña los encendió llegada la noche, y permaneció velando aquellas fúnebres y solitarias tumbas.
Al siguiente día se alejó de aquel sitio y tomó la orilla de la playa para proporcionarse algunos mariscos; pero el sol que tostaba su desnudo cuerpo, los movimientos que tenía que hacer para proporcionarse que comer, y la falta de cuidados, ocasionaron que sus llagas volviesen á inflamarse hasta un grado tal, que le era imposible moverse. Haciendo un esfuerzo se retiró de las orillas del mar y buscó más al interior del país un sitio donde exhalar el último suspiro.
Se detuvo en una especie de gruta, formada casualmente por la vegetación exuberante de aquella costa. Había un mullido lecho de musgo, y algunos árboles que parecían colocados de propósito, formaban una cabaña. Cerca se escuchaba el ruido apacible de una fuentecilla de agua, y las aves habían escogido aquel lugar para la mansión de sus amores. Ya porque el sitio era agradable y pintoresco en extremo, ya porque el religioso no podía dar un paso mas, resolvió quedarse allí, y dió gracias al Señor porque le había llevado á aquel paraje, donde bendiciendo las obras de la naturaleza podría entregarle tranquilamente su alma. Pudo llegar á la vertiente de agua, sació su ardiente sed y se recostó en seguida en un lecho de hojas, el que se habríacreído preparado por el ángel de la guarda del maltratado solitario. Tenderse en el lecho y apoderarse de sus párpados un sueño dulce y bienhechor, todo fué uno. Quién sabe cuántas horas estuvo así nuestro fraile, y recordaba que durante este tiempo, tan pronto había creído oir en la gloria melodías dulcísimas y desconocidas, como tener delante de sí al demonio «proponiéndole, con locos pensamientos, no ser verdadera la divinidad del Redentor, sino engaño de los cristianos.»
Cuando despertó de su sueño vió delante de sí una figura extraña, y de pronto creyó que era una terrible realidad. Se frotó los ojos, reflexionó un poco, y entonces observó que una negra, hincada de rodillas, con los ojos anegados de lágrimas, le contemplaba llena de veneración y de ternura. Era esta criatura una de tantas víctimas del naufragio, que huyendo descarriada había escapado de la ferocidad de los salvajes y podido vivir en los bosques. La excelente mujer contó al religioso sus aventuras, que eran parecidas á las de los demás. Hambre, frío, llagas, fatigas infinitas, calor abrasador, peligros con los salvajes, con las fieras, con los torrentes, con la soledad misma. De esta serie de incidentes se había compuesto la vida de todos los náufragos, hasta que sucesivamente fueron muriendo. Jamás el buen religioso había experimentado un placer igual al que le produjo la vistade aquella fea negra, todavía más monstruosa por el desorden de su lanuda cabellera, y por lo extenuado y flaco de sus miembros.
La negra corrió á la fuente, y en la corteza de una fruta silvestre trajo agua, lavó las llagas del religioso y le aseguró que conocía ya varios lugares donde encontraría yerbas y raíces propias para comer, y que también podría, con la ayuda de Dios, proporcionarle algunos mariscos. En efecto, durante doce ó quince días la negra aparecía con exactitud provista de algunos alimentos, acompañaba al solitario algunos ratos, rezaba con él, le curaba, y volvía á desaparecer, ocupándose en las horas de su ausencia, en procurarse los auxilios que, á duras penas, podía arrancar á aquella naturaleza salvaje.
Un día llegó la hora, que era por lo regular el medio día, y la negra no pareció. Fray Marcos esperó lleno de ansiedad, y así llegó y terminó la noche sin que la negra se presentase. A los dos días perdiendo toda esperanza, Fray Marcos urgido por la hambre y por los dolores é inflamación de sus llagas, que se habían llenado de gusanos, se resolvió á tentar el último y supremo esfuerzo, y se puso en camino con dirección á Pánuco, á ese Pánuco fabuloso que había visto cerca desde el día de su naufragio, y al cual casi ninguno había podido llegar. Pudo más bien arrastrarse, que no andar, hasta la orilla de un río,y allí perdió las fuerzas y cayó en tierra, encomendando su alma á Dios. Abrió en aquellos momentos los ojos, para cerrarlos sin duda para siempre, y observó dos hermosos mancebos de alta estatura y gallardo porte, que, aunque estaban desnudos, no tenían arcos ni flechas.
Hízoles una señal, último esfuerzo de que fué capaz, y clavó su rostro en tierra, no pudiendo ya ni aún soportar la fuerza de la luz. Los mancebos saltaron á una barca que estaba en el río, sacaron de ella una sábana blanca, levantaron del suelo á Fray Marcos, le envolvieron en ella y le colocaron suavemente en la embarcación, remando ágiles con dirección á un pueblo de españoles que estaba á trece leguas de distancia en la orilla opuesta. Allí le sacaron con el mismo tiento, le dieron agua y una «torta delgada del pan de la tierra, muy blanca y muy bien sazonada», le cubrieron bien con la sábana, é indicándole la población, que distaba sólamente algunos pasos, le dijeron: «Tampico, Tampico» y desaparecieron dejándole absorto y persuadido de que solo por la intervención de los ángeles pudo haber salvado su vida.
** *
Fué acogido el religioso con un entusiasmo difícil de pintarse, en la pequeña ciudad española.El refirió sus aventuras y bendijo á las familias. Las familias le agasajaron, le curaron, le mimaron con un cariño singular, hasta que estuvo en estado de emprender su camino á México, adonde llegó á tocar á las puertas de su santo convento, dejando á los religiosos asombrados con la narración de sus raras aventuras, y á todos persuadidos de que sin la especial intervención de la Providencia, era imposible que hubiese podido resistir tanta fatiga y sobrevivir á las peligrosas heridas en el desamparo de la infinita soledad de los desiertos que había atravesado.
Algún tiempo después tuvo que sufrir una dolorosa operación, pues las heridas habían cerrado en falso, y tenía dentro del cuerpo trozos de jara y de pedernal que los médicos tuvieron que extraerle. Sobrevivió veintitrés años, aunque siempre descolorido, flaco, y sufriendo diversos males, resultado de sus inauditos padecimientos. Cuando el Virrey Don Martín Enríquez salió de Nueva-España para el virreinato del Perú, le acompañaron el Maestro Fray Bartolomé de Ledesma y Fray Marcos de Mena. El primero fué electo obispo de Oaxaca, y Fray Marcos de Mena no quiso ya hacer otro nuevo viaje, y se quedó en el convento de la ciudad de los Reyes, donde murió santamente en el año de 1584.
Manuel Payno.
Primera Parte
La historia de la familia Carabajal; las terribles persecuciones que sufrió por la Inquisición; las revelaciones curiosas que ante aquel tribunal hicieron las diversas personas de dicha familia, acerca de la observancia y ceremonias de la ley de Moisés, y el fin trágico de todas esas personas, daría motivo á escribir, no dos ó tres artículos, sino un gran libro.
Nosotros uniremos al laconismo, necesario á los estrechos límites de esta publicación, la mayor claridad posible, insertando al pie de la letra algunas diligencias, tales como existen en las causas originales; y aunque esto algunas veces parezca cansado, sin embargo, hará formar á nuestros lectores la idea más perfecta del carácter y procedimiento de esa terrible institución que se llamó el Santo Oficio.
D. Luis de Carabajal, nativo del reino dePortugal, hombre de 45 años, llegó á Tampico, nombrado por el Rey de España Gobernador del nuevo reino de León, por el año de 1583.
D. Luis de Carabajal trajo en su compañía á su cuñado D. Francisco Rodríguez de Matos y á su hermana Dª. Francisca Núñez de Carabajal, y á los hijos de estos Dª. Isabel, viuda de Gabriel Herrera y la mayor de todos los hermanos, de 26 años de edad, Dª. Catalina, Dª. Mariana, Dª. Leonor, D. Baltasar, D. Luis, Miguel y Anica, que eran muy niños; además, D. Francisco Rodríguez de Matos y su mujer tenían un hijo llamado D. Gaspar, religioso, en el convento de Santo Domingo de México, que había llegado allí poco tiempo antes.
Un año después de la llegada de esta familia á la Provincia del Pánuco, fueron de México dos comerciantes españoles, Antonio Díaz de Cáseres y Jorge de Almeida, y casaron, el primero con Dª. Catalina, y el segundo con Dª. Leonor. Esto motivó el viaje de toda la familia para la capital de la colonia, adonde pasaron todos á establecerse, viviendo al parecer cristiana y tranquilamente, y haciendo algunas veces viajes al Mineral de Tasco, en donde el marido de Dª. Leonor tenía una negociación de minas.
** *
En el año de 1587 la mano de hierro de la Inquisición cayó sobre Dª. Isabel, la mayor de los hermanos, por denuncia que contra ella se había hecho como observante de la ley de Moisés. El fiscal Dr. Lobo Guerrero presentó su acusación, y los inquisidores Bonilla y García decretaron la prisión de Dª. Isabel, y el secuestro (ó secresto) de sus bienes, como se acostumbraba en aquel tribunal. Aquí dieron principio los infortunios de aquella familia, porque la Inquisición, voluntariamente, ó por fuerza del tormento, obligaba á los desgraciados reos á decir cuanto supiesen, ó para hablar en los términos propios,á testificará los hijos contra los padres, á los padres contra los hijos, á los hermanos contra los hermanos, á la mujer contra el marido, y á éste contra aquélla.
Y no bastaba que el reo confesase lisa y llanamente la culpa, cargando con todo el peso de ella, sino que se le atormentaba para que confesara lo que de otros sabía, que era lo que se llamaba tormentoin caput alienum; porque en la Compilación de instrucciones del Oficio de la Santa Inquisición, hecha en Toledo en el año de 1561, é impresa en Madrid en 1574 dice el párrafo 45: «Si el reo estuviere negativo de sí y de otros cómplices,dado caso de que haya de ser relajado, podrá ser puesto á cuestión de tormento,in caput alienum; y en caso de que el tal venza el tormento,pues no se le dá para que confiese sus propias culpas,&c.»
Dª. Isabel de Carabajal confesó ante los inquisidores que era observante de la ley de Moisés; y al principio no quiso declarar que la había aprendido sino de su marido, que ya no existía, y de su madre Dª. Francisca de Carabajal. Entonces los inquisidores determinaron que se procediera á la diligencia de tormento. Copiaremos íntegra la parte relativa de esta diligencia, hasta el momento en que los dolores obligaron á confesar á aquella desgraciada, que no tenía entonces, según su declaración, más que 30 años de edad.
** *
Pronunciación de la sentencia de tormento.
«Y luego vista la negativa de la dicha Dª. Isabel, mandaron leer y pronunciar la dicha sentencia de tormento, de susso contenida y por ellos rubricada, la cual dieron y pronunciaron estando en la dicha su audiencia de la mañana, presente para ello el Dr. Lobo Guerrero, fiscal de este Santo Oficio, y por testigos Arias de Valdez, alcaide, y Pedro de Fonseca, portero; en cuya presencia, se notificó álas partes, y luego se salieron de la audiencia.
«Y luego vista la negativa de la dicha Dª. Isabel, mandaron leer y pronunciar la dicha sentencia de tormento, de susso contenida y por ellos rubricada, la cual dieron y pronunciaron estando en la dicha su audiencia de la mañana, presente para ello el Dr. Lobo Guerrero, fiscal de este Santo Oficio, y por testigos Arias de Valdez, alcaide, y Pedro de Fonseca, portero; en cuya presencia, se notificó álas partes, y luego se salieron de la audiencia.
Notificación.
«Y siendo leída y notificada, la dicha sentencia á la dicha Dª. Isabel,«Dijo: vaya sobre quien le hace padecer, porque ella ha dicho la verdad, y plegue á Dios que esto pare en bien.«Y con esto fué mandada llevar, y fué llevada á la cámara del tormento, adonde fueron luego los Señores Inquisidores, á hora de las nueve y cuarto de la mañana.
«Y siendo leída y notificada, la dicha sentencia á la dicha Dª. Isabel,
«Dijo: vaya sobre quien le hace padecer, porque ella ha dicho la verdad, y plegue á Dios que esto pare en bien.
«Y con esto fué mandada llevar, y fué llevada á la cámara del tormento, adonde fueron luego los Señores Inquisidores, á hora de las nueve y cuarto de la mañana.
Cámara del tormento.
«Y estando en ella fué tornada á amonestar que por reverencia de Dios diga la verdad si no se quiere ver en tanto trabajo.«Dijo: justicia del Cielo venga sobre quien tanto mal le hace, y que ella ha dicho la verdad, y padecerá por Dios que padeció por ella en una Cruz.
«Y estando en ella fué tornada á amonestar que por reverencia de Dios diga la verdad si no se quiere ver en tanto trabajo.
«Dijo: justicia del Cielo venga sobre quien tanto mal le hace, y que ella ha dicho la verdad, y padecerá por Dios que padeció por ella en una Cruz.
Entró el Ministro.
«Fué mandado entrar y entró el Ministro, y que la desnude. Desnudóse ella mesma diciendo, que ya ha dicho la verdad, y que primero morirá que decir lo que no sabe.
Desnuda.
«Y estando desnuda, en camisa baja, las carnes de fuera, fué tornada á amonestar que por reverencia de Diosdiga la verdad, y no quiera padecer tanto trabajo.«Dijo: que ningún tormento pudiera haber para ella mayor que hacerla desnudar, y mostrar sus carnes de fuera, gran afrenta y dolor para ella.«Y con esto le fueron mandados ligar los brazos flojamente, y estando ligados, amonestada que diga la verdad, dijo: que ya la ha dicho y no la quieren creer, y que aquí ha de morir.Y mandóse dar una vuelta de cordel á los brazos: antes de dársela dijo: que esta es la verdad, que también Dª. Francisca su madre, y Baltazar y Luis de Carabajal, sus hermanos de ella, le dijeron y enseñaron todo lo que tiene dicho de la Ley de Moysen, y la ratificaron en ella, aquí en México, y su madre la maldecía si descubría nada, la cual y ellos, la enseñaron en toda la Ley de Moysen que hoy tiene confesado, y con ellos la guardó, y no hay otra cosa ni sabe más, y no se acuerda del tiempo en que la enseñaron y trataron, más de que esta la guardó en veces, los ocho meses que tiene confesados, y Dios es testigo que ha dicho la verdad, y dijo al Ministro ladicha, haga su oficio, que no hay más; y porque no dijo otra cosa.
«Y estando desnuda, en camisa baja, las carnes de fuera, fué tornada á amonestar que por reverencia de Diosdiga la verdad, y no quiera padecer tanto trabajo.
«Dijo: que ningún tormento pudiera haber para ella mayor que hacerla desnudar, y mostrar sus carnes de fuera, gran afrenta y dolor para ella.
«Y con esto le fueron mandados ligar los brazos flojamente, y estando ligados, amonestada que diga la verdad, dijo: que ya la ha dicho y no la quieren creer, y que aquí ha de morir.
Y mandóse dar una vuelta de cordel á los brazos: antes de dársela dijo: que esta es la verdad, que también Dª. Francisca su madre, y Baltazar y Luis de Carabajal, sus hermanos de ella, le dijeron y enseñaron todo lo que tiene dicho de la Ley de Moysen, y la ratificaron en ella, aquí en México, y su madre la maldecía si descubría nada, la cual y ellos, la enseñaron en toda la Ley de Moysen que hoy tiene confesado, y con ellos la guardó, y no hay otra cosa ni sabe más, y no se acuerda del tiempo en que la enseñaron y trataron, más de que esta la guardó en veces, los ocho meses que tiene confesados, y Dios es testigo que ha dicho la verdad, y dijo al Ministro ladicha, haga su oficio, que no hay más; y porque no dijo otra cosa.
Vuelta de cordel á los brazos.
«Amonestada que diga la verdad, se le dió la dicha vuelta de cordel, y dió grandes gritos y voces, ay desventurada, que la he dicho y me atormentan; vaya por amor de Dios: es Dios testigo que la he dicho, y vive Dios que me castigan sin culpa.
«Amonestada que diga la verdad, se le dió la dicha vuelta de cordel, y dió grandes gritos y voces, ay desventurada, que la he dicho y me atormentan; vaya por amor de Dios: es Dios testigo que la he dicho, y vive Dios que me castigan sin culpa.
Segunda vuelta.
«Amonestada que diga la verdad, se le mandó dar y dió segunda vuelta de cordel, y dió grandes gritos que la dejen, que la matan......»
«Amonestada que diga la verdad, se le mandó dar y dió segunda vuelta de cordel, y dió grandes gritos que la dejen, que la matan......»
Dª. Isabel no pudo ya resistir por más tiempo, y allí, en medio del tormento, comenzó una larga declaración, denunciando á todas las personas de su familia y á un gran número de personas, de hombres y de mujeres, observantes de la Ley de Moisés.
Sólo á la mitad de la declaración consintieron los inquisidores en que se aflojaran los cordeles.
Después de las confesiones arrancadas á Dª. Isabel por el tormento, vinieron las causas de todas las personas testificadas por ella, las cuales á su turno denunciaron á otras, y un número increíble de reos entró á la Inquisición por esta causa.
Toda la familia Carabajal, incluso el gobernador del nuevo reino de León, toda fuépresa, á excepción de D. Baltasar, que logró fugarse en Tasco, y contra quien se siguió, sin embargo, el proceso, hasta sentenciarle á ser quemado en estatua.
Dª. Francisca, madre de todos los jóvenes Carabajal, debía ser, y fué en efecto la que más resistencia opuso para declarar en contra de sus hijos; pero el tormento la hizo faltar á los sentimientos de su corazón, y en las agonías de su dolor testificó contra sus mismos hijos.
Hé aquí pintado con las sencillas palabras del proceso, el terrible trance en que aquella desgraciada mujer fué obligada á dar su confesión.
Christi Nomine Invocato
Sentencia.
«Fallamos atentos los autos y méritos de este proceso, indicios y sospechas que de él resultan, contra la dicha Dª. Francisca Núñez de Carabajal, que la debemos de condenar y condenamos á que sea puesta á cuestión de tormento, sobre las diminuciones que de su probanza y confesiones resultan conforme á lo en esta causa votado, en el cual mandamos que esté y persevere, tanto tiempo cuanto nuestra voluntad fuere, para que diga y confiese enteramente la verdad, según y como ha sido amonestada,con apercibimiento y amonestación que le hacemos, que si en dicho tormento muriere ó fuere liciada, ó dél se le siguiere efusión de sangre, ó mutilación de miembro, sea á su culpa y cargo, y no á la nuestra, por no haber querido confesar enteramente la verdad, y por estar negativa.«Juzgando así lo sentenciamos y mandamos. (Dos rúbricas).
«Fallamos atentos los autos y méritos de este proceso, indicios y sospechas que de él resultan, contra la dicha Dª. Francisca Núñez de Carabajal, que la debemos de condenar y condenamos á que sea puesta á cuestión de tormento, sobre las diminuciones que de su probanza y confesiones resultan conforme á lo en esta causa votado, en el cual mandamos que esté y persevere, tanto tiempo cuanto nuestra voluntad fuere, para que diga y confiese enteramente la verdad, según y como ha sido amonestada,con apercibimiento y amonestación que le hacemos, que si en dicho tormento muriere ó fuere liciada, ó dél se le siguiere efusión de sangre, ó mutilación de miembro, sea á su culpa y cargo, y no á la nuestra, por no haber querido confesar enteramente la verdad, y por estar negativa.
«Juzgando así lo sentenciamos y mandamos. (Dos rúbricas).
Pronunciación.
«La cual dicha sentencia de tormento fué dada y pronunciada por los dichos Señores Inquisidores, y el dicho Sr. Inquisidor Lic. Bonilla, con los dichos, haciendo veces así mesmo de ordinario estando en la dicha su audiencia de la mañana presentes el Dr. Lobo Guerrero, fiscal de este Santo Oficio, y la dicha Dª. Francisca Núñez de Carabajal, y siéndole leída y notificada y dado á entender el efecto de ella á la susodicha, habiéndose hallado presentes á la dicha pronunciación Arias de Valdez, alcaide, y Pedro de Fonseca, portero, que luego se salieron de la audiencia. La susodicha, llorando, dijo: que ya dice que creyó derechamente en la Ley de Moysen, y esta es la verdad, yque se duelan de ella y de los huérfanos de sus hijos, de quien tiene pena, más que de su propia vida, y que no la afrenten por amor de Dios.
«La cual dicha sentencia de tormento fué dada y pronunciada por los dichos Señores Inquisidores, y el dicho Sr. Inquisidor Lic. Bonilla, con los dichos, haciendo veces así mesmo de ordinario estando en la dicha su audiencia de la mañana presentes el Dr. Lobo Guerrero, fiscal de este Santo Oficio, y la dicha Dª. Francisca Núñez de Carabajal, y siéndole leída y notificada y dado á entender el efecto de ella á la susodicha, habiéndose hallado presentes á la dicha pronunciación Arias de Valdez, alcaide, y Pedro de Fonseca, portero, que luego se salieron de la audiencia. La susodicha, llorando, dijo: que ya dice que creyó derechamente en la Ley de Moysen, y esta es la verdad, yque se duelan de ella y de los huérfanos de sus hijos, de quien tiene pena, más que de su propia vida, y que no la afrenten por amor de Dios.
Cámara del tormento.
«Y con esto fué llevada á la cámara del tormento por el dicho alcaide, á la cual fueron luego los dichos Señores Inquisidores, á hora de las ocho y media de la mañana, poco más ó menos.«Y estando en ella fué tornada á amonestar que por reverencia de Dios diga la verdad, y no se quiera ver en este trabajo y peligro.«Dijo: que la verdad es que ella creyó derechamente en la Ley de Moysen, por enseñanza del Lic. Morales, y por librarse de los Señores Inquisidores, ha dicho que creía en ambas leyes, pero que es burla; que no creía en la Ley de Jesucristo sino en la de Moysen, y que lo demás se lo levantan, y que miren que es mujer, y no la afrenten y desnuden, porque aquí ha de morir, y sus hijos quedarán huérfanos, y clamarán delante de Dios, y ella morirá aquí martir, y afrentada, y su alma irá á gozar de Dios, porque no saldrá de aquí viva.«Y con esto amonestada, fué mandadaentrar, y entró el Ministro, y que la desnude;«Y dijo: que la maten ó den garrote luego, y no la desnuden ni afrenten, aunque la den mil muertes.—Lo cual dijo de rodillas llorando mucho.Y que miren que es mujer y viuda y honesta, y con quien no se sufre hacer esto en el mundo, en especial donde hay tanta santidad, y que ya ha dicho que creía en la Ley de Moysen y no en la de Jesucristo, y no hay más que decir, ni sabe de más de que es triste desconsolada y viuda con hijos que clamarán á Dios.
«Y con esto fué llevada á la cámara del tormento por el dicho alcaide, á la cual fueron luego los dichos Señores Inquisidores, á hora de las ocho y media de la mañana, poco más ó menos.
«Y estando en ella fué tornada á amonestar que por reverencia de Dios diga la verdad, y no se quiera ver en este trabajo y peligro.
«Dijo: que la verdad es que ella creyó derechamente en la Ley de Moysen, por enseñanza del Lic. Morales, y por librarse de los Señores Inquisidores, ha dicho que creía en ambas leyes, pero que es burla; que no creía en la Ley de Jesucristo sino en la de Moysen, y que lo demás se lo levantan, y que miren que es mujer, y no la afrenten y desnuden, porque aquí ha de morir, y sus hijos quedarán huérfanos, y clamarán delante de Dios, y ella morirá aquí martir, y afrentada, y su alma irá á gozar de Dios, porque no saldrá de aquí viva.
«Y con esto amonestada, fué mandadaentrar, y entró el Ministro, y que la desnude;
«Y dijo: que la maten ó den garrote luego, y no la desnuden ni afrenten, aunque la den mil muertes.—Lo cual dijo de rodillas llorando mucho.Y que miren que es mujer y viuda y honesta, y con quien no se sufre hacer esto en el mundo, en especial donde hay tanta santidad, y que ya ha dicho que creía en la Ley de Moysen y no en la de Jesucristo, y no hay más que decir, ni sabe de más de que es triste desconsolada y viuda con hijos que clamarán á Dios.
Desnuda.
«Y estando desnuda, con solo unos zaragüelles, y la camisa baja, en carnes de la cintura arriba, fué tornada á amonestar que diga la verdad, con apercibimiento de que se pasará con el tormento adelante.«Dijo á voces, que todo es maldad, y que vaya en remisión de sus culpas.
«Y estando desnuda, con solo unos zaragüelles, y la camisa baja, en carnes de la cintura arriba, fué tornada á amonestar que diga la verdad, con apercibimiento de que se pasará con el tormento adelante.
«Dijo á voces, que todo es maldad, y que vaya en remisión de sus culpas.
Brazos ligados.
«Fuéronle mandados ligar los brazos flojamente, y estando ligados, fué vuelta á amonestar que diga la verdad, y no dé lugar á que se pase adelante.«Dijo que la verdad toda ha dicho, y que miren que quitan la madre álos hijos, y que nunca tal entendió que tal se usara con una mujer, y que ella encomienda su alma y ofrece este martirio al que en el libro de Espejo de consolación ha leído que adoraron los Macabeos.—Porque no dijo otra cosa.
«Fuéronle mandados ligar los brazos flojamente, y estando ligados, fué vuelta á amonestar que diga la verdad, y no dé lugar á que se pase adelante.
«Dijo que la verdad toda ha dicho, y que miren que quitan la madre álos hijos, y que nunca tal entendió que tal se usara con una mujer, y que ella encomienda su alma y ofrece este martirio al que en el libro de Espejo de consolación ha leído que adoraron los Macabeos.—Porque no dijo otra cosa.
Vuelta primera.
«Amonestada que diga la verdad le fué mandado dar y apretar una vuelta de cordel á los brazos; diósele, y dió muchos gritos diciendo:—tanta crueldad, tanta, ay, que me muero:—apretósele más, y dijo lo mesmo muchas veces, con muchos gritos, y que vaya en remisión de sus pecados, que está libre; que todo lo ha confesado, y que no la quieren creer.
«Amonestada que diga la verdad le fué mandado dar y apretar una vuelta de cordel á los brazos; diósele, y dió muchos gritos diciendo:—tanta crueldad, tanta, ay, que me muero:—apretósele más, y dijo lo mesmo muchas veces, con muchos gritos, y que vaya en remisión de sus pecados, que está libre; que todo lo ha confesado, y que no la quieren creer.
Vuelta segunda.
«Amonestada, se le dió segunda vuelta de cordel á los dichos brazos en la mesma forma, y dió muchos gritos, que se muere, que se muere y que le den la muerte junta, porque la descoyuntan del todo y le acaban la vida, que no lo puede sufrir, y si más supiera lo dijera.
«Amonestada, se le dió segunda vuelta de cordel á los dichos brazos en la mesma forma, y dió muchos gritos, que se muere, que se muere y que le den la muerte junta, porque la descoyuntan del todo y le acaban la vida, que no lo puede sufrir, y si más supiera lo dijera.
Vuelta tercera.
«Y porque no quiso decir otra cosa, amonestada que diga la verdad, le fué mandada dar tercera vuelta de cordel en la mesma forma; diósele y dijo, ya ha dicho que creía y adoraba la Ley de Moysen y no la de Jesucristo,porque no la guardaba, sino la de Moysen, y dió muchos gritos, y que hayan misericordia de ella, que ha dicho toda la verdad, y que se muere.
«Y porque no quiso decir otra cosa, amonestada que diga la verdad, le fué mandada dar tercera vuelta de cordel en la mesma forma; diósele y dijo, ya ha dicho que creía y adoraba la Ley de Moysen y no la de Jesucristo,porque no la guardaba, sino la de Moysen, y dió muchos gritos, y que hayan misericordia de ella, que ha dicho toda la verdad, y que se muere.
Vuelta cuarta.
«Amonestada que la diga, se le mandó dar y dió otra cuarta vuelta de cordel, en la mesma forma; y dió grandes voces que se muere y no lo puede sufrir, y que ya, ya se les acabó á sus hijos su triste madre.
«Amonestada que la diga, se le mandó dar y dió otra cuarta vuelta de cordel, en la mesma forma; y dió grandes voces que se muere y no lo puede sufrir, y que ya, ya se les acabó á sus hijos su triste madre.
Vuelta quinta.
«Diósele otra quinta vuelta de cordel á los brazos, y dijo lo mesmo muchas veces, y no se le pudo sacar otra cosa, sino gemir echada la cabeza sobre los brazos y cordeles, y luego dijo, que ya ha dicho la verdad y no la quieren creer, ni tiene que decir más de que lo hacen con ella cruelmente, y que se duelan de este martirio por amor del Señor, que se muere.
«Diósele otra quinta vuelta de cordel á los brazos, y dijo lo mesmo muchas veces, y no se le pudo sacar otra cosa, sino gemir echada la cabeza sobre los brazos y cordeles, y luego dijo, que ya ha dicho la verdad y no la quieren creer, ni tiene que decir más de que lo hacen con ella cruelmente, y que se duelan de este martirio por amor del Señor, que se muere.
Monición.
«Y habiéndosele dado las cinco vueltas de cordel en la dicha forma, fué mandada tender y ligar en el potro, amonestada que diga la verdad, y no dé lugar á que se prosiga en el tormento con tanto riesgo de la vida, como él es, quedándole tanta parte del que pasar y padecer, lo cual todo es á su cuenta y riesgo por no laquerer decir, con que excusaría los dolores y martirios que dice.
«Y habiéndosele dado las cinco vueltas de cordel en la dicha forma, fué mandada tender y ligar en el potro, amonestada que diga la verdad, y no dé lugar á que se prosiga en el tormento con tanto riesgo de la vida, como él es, quedándole tanta parte del que pasar y padecer, lo cual todo es á su cuenta y riesgo por no laquerer decir, con que excusaría los dolores y martirios que dice.
Potro.
«Y estando tendida en el potro fué vuelta amonestar en la mesma forma, y que por reverencia de Dios diga ya la verdad, y se duela y compadezca de sí propia.—Y dijo: no tengo que decir sino testimonios, y esos no quiera Dios que los diga, ni los he de decir, ni los sé; sea él bendito que aquí me tratan con tanta crueldad nunca oída jamás á mujer, y es posible que esto se hace aquí con las mujeres;—y diciendo esto, se levantó sobre el potro, y amonestada dijo: no sé qué decir, sino que triste nací del vientre de mi madre, y desdichada fué mi suerte, y mi triste vejez.—Y vuelta á tender en el potro, y mandada ligar brazos, muslos y espinillas, y que se le pongan los garrotes y se prosiga al tormento, la susodicha se volvió á levantar, y levantada, de rodillas, arrimada al potro, dijo...... &c.»
«Y estando tendida en el potro fué vuelta amonestar en la mesma forma, y que por reverencia de Dios diga ya la verdad, y se duela y compadezca de sí propia.—Y dijo: no tengo que decir sino testimonios, y esos no quiera Dios que los diga, ni los he de decir, ni los sé; sea él bendito que aquí me tratan con tanta crueldad nunca oída jamás á mujer, y es posible que esto se hace aquí con las mujeres;—y diciendo esto, se levantó sobre el potro, y amonestada dijo: no sé qué decir, sino que triste nací del vientre de mi madre, y desdichada fué mi suerte, y mi triste vejez.—Y vuelta á tender en el potro, y mandada ligar brazos, muslos y espinillas, y que se le pongan los garrotes y se prosiga al tormento, la susodicha se volvió á levantar, y levantada, de rodillas, arrimada al potro, dijo...... &c.»
** *
La fuerza del ánimo no pudo resistir por más tiempo á los dolores del cuerpo, y después de aquella lucha, la desgraciada DoñaFrancisca, desnuda y maltratada, hizo allí una larga confesión, declarando contra todos sus hijos é hijas. Consta la diligencia en la que se suspendió la confesión y dice así:
«Y con esto y por parecer que la dicha Doña Francisca estaba fatigada y afligida, y con gran dolor de estómago, de que se quejaba por estar desnuda, y al parecer con frío que le dió. Mandaron cesar en el tormento con protestación que le hicieron de que no la teniendo por suficientemente atormentada, lo continuaran hasta que enteramente confiese verdad, y así la mandaron desligar las vueltas de los brazos, y que sea curada.
«Y que luego fué desligada y puesta en una cárcel cerca de la cámara del tormento, y curada con cuidado los brazos y su persona. Acabóse esta diligencia y audiencia á las once, antes de medio día, poquito más ó menos.»
Las declaraciones arrancadas por el tormento á la desgraciada madre, dieron el resultado que deseaban los Inquisidores, y en la ratificación que antehonestas personashizo cuando le fueron leidas estas declaraciones, dijo:
«Habiéndolo oido y entendido, dijo: que está bien escrito, y es la verdad, y en ello se ratifica y afirma, y siendo necesario, lo dice ahora de nuevo como testigo, contra todas las personas que de lo que en las dichas audienciastiene depuesto puedan resultar culpadas en cualquier manera, y particular y nombradamente
Contra«Luis de Carabajal, su hijo.«Francisco Rodríguez de Matos (difunto), su marido.«Baltasar Rodríguez de Carabajal, su hijo.«Doña Catalina, mujer de Antonio Díaz de Cáseres.«Doña Leonor, mujer de Jorge de Almeida.«Doña Mariana, doncella.«Doña Isabel, viuda, todas sus hijas, y«Doña Catalina de León, mujer de Pérez Ferro.«Y contra cada una de ellas: presentes las dichas honestas personas, y que no lo dice por odio, ni enemistad, etc. Pasó ante mí.—Pedro de los Ríos.»
Contra
«Luis de Carabajal, su hijo.
«Francisco Rodríguez de Matos (difunto), su marido.
«Baltasar Rodríguez de Carabajal, su hijo.
«Doña Catalina, mujer de Antonio Díaz de Cáseres.
«Doña Leonor, mujer de Jorge de Almeida.
«Doña Mariana, doncella.
«Doña Isabel, viuda, todas sus hijas, y
«Doña Catalina de León, mujer de Pérez Ferro.
«Y contra cada una de ellas: presentes las dichas honestas personas, y que no lo dice por odio, ni enemistad, etc. Pasó ante mí.—Pedro de los Ríos.»
Siguieron adelante los procesos, y en general todos los hijos é hijas de Doña Francisca confesaron con tal espontaneidad todo cuanto sabían, que con ellos no tuvieron los Inquisidores, ni necesidad de ocurrir al tormento.
Luis de Carabajal, el mozo, no el gobernador, en una de las audiencias pidió un pliegode papel para escribir y presentar á la Inquisición unas oraciones en verso que él y su hermano Baltasar habían compuesto para los días de ayuno, según la ley de Moisés. Presentólas en efecto, y entre muchas se encuentra este soneto:
«Pequé, Señor, mas no porque he pecadoDe tu clamor y clemencia me despido;Temo, según mi culpa, ser punido,Y espero en tu bondad ser perdonado;Recélome, según me has aguardado,Ser por mi ingratitud aborrecido,Porque hace mi pecado más crecidoEl ser tan digno tú de ser amado.¿Si no fuera por tí, de mí qué fuera?Y á mí ¿de mí, sin tí, quién me libraraSi tu mano la gracia no me diera?Y á no ser yo, mi Dios, ¿quién no te amara?Y á no ser tú, Señor, ¿quién me sufriera?Y á tí sin tí, mi Dios, ¿quién me llevara?»
«Pequé, Señor, mas no porque he pecadoDe tu clamor y clemencia me despido;Temo, según mi culpa, ser punido,Y espero en tu bondad ser perdonado;Recélome, según me has aguardado,Ser por mi ingratitud aborrecido,Porque hace mi pecado más crecidoEl ser tan digno tú de ser amado.¿Si no fuera por tí, de mí qué fuera?Y á mí ¿de mí, sin tí, quién me libraraSi tu mano la gracia no me diera?Y á no ser yo, mi Dios, ¿quién no te amara?Y á no ser tú, Señor, ¿quién me sufriera?Y á tí sin tí, mi Dios, ¿quién me llevara?»
«Pequé, Señor, mas no porque he pecadoDe tu clamor y clemencia me despido;Temo, según mi culpa, ser punido,Y espero en tu bondad ser perdonado;Recélome, según me has aguardado,Ser por mi ingratitud aborrecido,Porque hace mi pecado más crecidoEl ser tan digno tú de ser amado.¿Si no fuera por tí, de mí qué fuera?Y á mí ¿de mí, sin tí, quién me libraraSi tu mano la gracia no me diera?Y á no ser yo, mi Dios, ¿quién no te amara?Y á no ser tú, Señor, ¿quién me sufriera?Y á tí sin tí, mi Dios, ¿quién me llevara?»
** *
Ninguna dificultad se presentó en lo de adelante á los jueces para la terminación de la causa, y los Inquisidores pronunciaron sus sentencias que se leyeron en el auto de fe el 24 de febrero de 1590.—Hé aquí la sentencia de Doña Francisca, á la que son iguales las pronunciadas, contra todos sus hijos, á excepción de la de D. Baltasar, que fué condenadopor ausente, lo mismo que D. Francisco Rodríguez, su padre, difunto, á ser quemados en estatua.
«Christi Nomine Invocato.Fallamos atentos los autos y méritos de este proceso, el dicho Promotor fiscal haber probado bien y cumplidamente su acusación y querella, damos y pronunciamos su intención por bien probada, por ende que debemos declarar y declaramos la dicha Doña Francisca Núñez de Carabajal haber sido hereje, judaisante, apóstata, fautora y encubridora de herejes, y haberse pasado y convertido á la ley muerta de Moysen y sus ritos y ceremonias, creyendo salvarse en ella, y por ello haber caído é incurrido en sentencia de excomunión mayor y en todas las otras penas é inhabilidades en que caen é incurren los herejes que debajo de título y nombres de Cristianos hacen y cometen semejantes delitos, y en confiscación y perdimiento de todos sus bienes, los cuales aplicamos á la cámara y fisco del Rey nuestro Señor y á su receptor en su nombre, desde el día y tiempo en que comenzó á cometer los dichos delitos, cuya declaración en nos reservamos. Y como quiera que con buena conciencia la pudiéramos condenar en las penas en derecho establecidas contra los tales herejes; mas atento á que la susodicha en las confesiones que antes nos hizomostró señales de contricción y arrepentimiento, pidiendo á Dios Nuestro Señor perdón de sus delitos, y á nos penitencia con misericordia, protestando que de aquí adelante quería morir y vivir en nuestra Santa Fe Católica, y estaba presta de cumplir cualquier penitencia que por nos le fuese impuesta y abjurar los dichos sus errores, y hacer todo lo demás que por nos le fuese mandado, considerando: que Dios no quiere la muerte del pecador, sino que se convierta y viva, si ansí es que la dicha Doña Francisca Núñez de Carabajal se convierta á nuestra Santa Fe Católica, de puro corazón y fe no fingida, y que ha confesado enteramente la verdad, no encubriendo de sí ni de otras personas vivas ni difuntas cosa alguna; queriendo usar con ella de piedad y misericordia, la debemos de admitir y admitimos á reconciliación, y mandamos que en pena y penitencia de lo por ella hecho y cometido, hoy día de la pronunciación de esta nuestra sentencia, la salga á oir á este presente auto con los demás penitentes, en cuerpo, con un hábito penitencial de paño amarillo, con dos aspas coloradas de Señor San Andrés y una vela de cera en las manos, adonde le sea leída, y allí públicamente abjure los dichos sus errores que ante nos tiene confesados, y toda cualquiera otra herejía y apostasía, y hecha la dicha abjuración, almandamos absolver y absolvemos de cualquier sentencia de excomunión en que por razón de lo susodicho ha caido é incurrido, y la unimos y reincorporamos al gremio y union de la Madre Santa Iglesia Católica, y la restituimos á la participación de los Santos Sacramentos y comunión de los fieles católicos cristianos de ella, y la condenamos á cárcel y hábito perpetuo irremisible, la cual guarde y cumpla en la parte y lugar que por nos le fuere señalado, y el dicho hábito lo traiga públicamente encima de todas sus vestiduras, y guarde y cumpla las demás penitencias espirituales que por nos le serán declaradas. Y declaramos la susodicha ser inhábil é incapaz para poder traer sobre sí ni en su persona, oro, plata y seda, y serle defendidas las demás cosas y honras que por derecho común, leyes y pramáticas de estos Reynos é instrucciones del Santo Oficio de la Inquisición á los semejantes inhábiles son prohibidos. Todo lo cual mandamos que así guarde y cumpla, so pena de impenitente relapsa, y por esta nuestra sentencia definitiva, juzgando así lo pronunciamos y mandamos en estos autos y procesos.—Lic. Bonilla.—Lic. Santos García.»
«Christi Nomine Invocato.Fallamos atentos los autos y méritos de este proceso, el dicho Promotor fiscal haber probado bien y cumplidamente su acusación y querella, damos y pronunciamos su intención por bien probada, por ende que debemos declarar y declaramos la dicha Doña Francisca Núñez de Carabajal haber sido hereje, judaisante, apóstata, fautora y encubridora de herejes, y haberse pasado y convertido á la ley muerta de Moysen y sus ritos y ceremonias, creyendo salvarse en ella, y por ello haber caído é incurrido en sentencia de excomunión mayor y en todas las otras penas é inhabilidades en que caen é incurren los herejes que debajo de título y nombres de Cristianos hacen y cometen semejantes delitos, y en confiscación y perdimiento de todos sus bienes, los cuales aplicamos á la cámara y fisco del Rey nuestro Señor y á su receptor en su nombre, desde el día y tiempo en que comenzó á cometer los dichos delitos, cuya declaración en nos reservamos. Y como quiera que con buena conciencia la pudiéramos condenar en las penas en derecho establecidas contra los tales herejes; mas atento á que la susodicha en las confesiones que antes nos hizomostró señales de contricción y arrepentimiento, pidiendo á Dios Nuestro Señor perdón de sus delitos, y á nos penitencia con misericordia, protestando que de aquí adelante quería morir y vivir en nuestra Santa Fe Católica, y estaba presta de cumplir cualquier penitencia que por nos le fuese impuesta y abjurar los dichos sus errores, y hacer todo lo demás que por nos le fuese mandado, considerando: que Dios no quiere la muerte del pecador, sino que se convierta y viva, si ansí es que la dicha Doña Francisca Núñez de Carabajal se convierta á nuestra Santa Fe Católica, de puro corazón y fe no fingida, y que ha confesado enteramente la verdad, no encubriendo de sí ni de otras personas vivas ni difuntas cosa alguna; queriendo usar con ella de piedad y misericordia, la debemos de admitir y admitimos á reconciliación, y mandamos que en pena y penitencia de lo por ella hecho y cometido, hoy día de la pronunciación de esta nuestra sentencia, la salga á oir á este presente auto con los demás penitentes, en cuerpo, con un hábito penitencial de paño amarillo, con dos aspas coloradas de Señor San Andrés y una vela de cera en las manos, adonde le sea leída, y allí públicamente abjure los dichos sus errores que ante nos tiene confesados, y toda cualquiera otra herejía y apostasía, y hecha la dicha abjuración, almandamos absolver y absolvemos de cualquier sentencia de excomunión en que por razón de lo susodicho ha caido é incurrido, y la unimos y reincorporamos al gremio y union de la Madre Santa Iglesia Católica, y la restituimos á la participación de los Santos Sacramentos y comunión de los fieles católicos cristianos de ella, y la condenamos á cárcel y hábito perpetuo irremisible, la cual guarde y cumpla en la parte y lugar que por nos le fuere señalado, y el dicho hábito lo traiga públicamente encima de todas sus vestiduras, y guarde y cumpla las demás penitencias espirituales que por nos le serán declaradas. Y declaramos la susodicha ser inhábil é incapaz para poder traer sobre sí ni en su persona, oro, plata y seda, y serle defendidas las demás cosas y honras que por derecho común, leyes y pramáticas de estos Reynos é instrucciones del Santo Oficio de la Inquisición á los semejantes inhábiles son prohibidos. Todo lo cual mandamos que así guarde y cumpla, so pena de impenitente relapsa, y por esta nuestra sentencia definitiva, juzgando así lo pronunciamos y mandamos en estos autos y procesos.—Lic. Bonilla.—Lic. Santos García.»
Pronunciación.
«Dada y pronunciada fué esta dicha sentencia de susso por los Sres.Inquisidores que en ella afirmaron sus nombres, y el dicho Sr. Inquisidor Lic. Bonilla, con las veces así mesmo de ordinario del arzobispado de México que están en la cámara del secreto de este Santo Oficio; estando celebrando auto público de fe dentro de la Iglesia mayor y Catedral de esta ciudad de México, sobre un cadalso y tribunal alto de madera que en ella había, sábado, día de Sto. Matías, 24 del mes de febrero de 1590, presente el Dr. Lobo Guerrero, fiscal de este Santo Oficio, y la dicha Francisca Núñez de Carabajal con las insignias en la dicha sentencia contenidas, siendo á todo ello presentes por testigos Diego de Ibarra, D. Francisco de Velasco, D. Rodrigo de Vivero y Rodrigo del Río, caballero del hábito de Santiago, y Fernán Gutiérrez Altamirano, D. Juan Altamirano, y otras muchas personas eclesiásticas y seculares.—Passó ante mí.—Pedro de los Ríos.»
«Dada y pronunciada fué esta dicha sentencia de susso por los Sres.Inquisidores que en ella afirmaron sus nombres, y el dicho Sr. Inquisidor Lic. Bonilla, con las veces así mesmo de ordinario del arzobispado de México que están en la cámara del secreto de este Santo Oficio; estando celebrando auto público de fe dentro de la Iglesia mayor y Catedral de esta ciudad de México, sobre un cadalso y tribunal alto de madera que en ella había, sábado, día de Sto. Matías, 24 del mes de febrero de 1590, presente el Dr. Lobo Guerrero, fiscal de este Santo Oficio, y la dicha Francisca Núñez de Carabajal con las insignias en la dicha sentencia contenidas, siendo á todo ello presentes por testigos Diego de Ibarra, D. Francisco de Velasco, D. Rodrigo de Vivero y Rodrigo del Río, caballero del hábito de Santiago, y Fernán Gutiérrez Altamirano, D. Juan Altamirano, y otras muchas personas eclesiásticas y seculares.—Passó ante mí.—Pedro de los Ríos.»
Como aun cuando muchas personas han oido hablar de las abjuraciones públicas, no todos conocen la fórmula de ellas, copiaré la de Doña Francisca Núñez de Carabajal, para dar una idea de esa clase de documentos.
Abjuración.«Yo, Francisca Núñez, por otro nombre Doña Francisca de Carabajal, natural de la Villa de Megodori, en Portugal, viuda de Francisco Rodríguez de Matos, difunto, que presente estoy, de mi libre y espontánea voluntad abjuro, y detesto, y renuncio, y aparto de mí toda y cualquier herejía, en especial esta de que soy infamada y testificada, y que he confesado de la Ley vieja de Moysen, ritos y ceremonias de ella. Y confieso por mi boca con puro y verdadero corazón la Santa Fe Católica que tiene y predica, sigue y enseña la Santa Madre Iglesia de Roma, y aquella tengo y quiero tener y seguir y en ella permanecer y morir y nunca me apartaré de ella, y juro á Nuestro Señor Dios y á los Santos cuatro Evangelios y á la señal de la Cruz, de estar y ser sujeta á la obediencia del bienaventurado San Pedro, príncipe de los Apóstoles y Vicario de Nuestro Señor Jesucristo, y de Nuestro muy Santo Padre Sixto V, que hoy día rige y gobierna la Iglesia, y después á sus sucesores, y de nunca me apartaré de esta obediencia por suación ó herejía, en especial por esta de que soy infamada y acusada, y de siempre permanecer en la unidad y ayuntamiento de la Santa Iglesia, y de ser en defensión de esta SantaFe Católica, y de perseguir á los que contra ella fueren ó vinieren y de los manifestar y publicar y no me ayuntar á ellos, ni con ellos, ni los receptar, ni guiar, ni visitar, ni acompañar, ni dar, ni enviar dádivas, ni promesas, ni pres, ni los favorecer, y si contra en algún tiempo fuere ó viniere que caiga é incurra en pena de impenitente relapsa, y sea maldita y excomulgada; y pido al presente secretario testimonio de esta mi confesión y abjuración, y á los presentes ruego que de ello sean testigos. Siendo testigos los dichos, y con esto la dicha Doña Francisca Núñez de Carabajal fué absuelta en forma, y porque dijo no sabía firmar, lo firmó por ella uno de los Sres. Inquisidores.—Lic. Bonilla.—Pasó ante mí.—Pedro de los Ríos.»
Abjuración.
«Yo, Francisca Núñez, por otro nombre Doña Francisca de Carabajal, natural de la Villa de Megodori, en Portugal, viuda de Francisco Rodríguez de Matos, difunto, que presente estoy, de mi libre y espontánea voluntad abjuro, y detesto, y renuncio, y aparto de mí toda y cualquier herejía, en especial esta de que soy infamada y testificada, y que he confesado de la Ley vieja de Moysen, ritos y ceremonias de ella. Y confieso por mi boca con puro y verdadero corazón la Santa Fe Católica que tiene y predica, sigue y enseña la Santa Madre Iglesia de Roma, y aquella tengo y quiero tener y seguir y en ella permanecer y morir y nunca me apartaré de ella, y juro á Nuestro Señor Dios y á los Santos cuatro Evangelios y á la señal de la Cruz, de estar y ser sujeta á la obediencia del bienaventurado San Pedro, príncipe de los Apóstoles y Vicario de Nuestro Señor Jesucristo, y de Nuestro muy Santo Padre Sixto V, que hoy día rige y gobierna la Iglesia, y después á sus sucesores, y de nunca me apartaré de esta obediencia por suación ó herejía, en especial por esta de que soy infamada y acusada, y de siempre permanecer en la unidad y ayuntamiento de la Santa Iglesia, y de ser en defensión de esta SantaFe Católica, y de perseguir á los que contra ella fueren ó vinieren y de los manifestar y publicar y no me ayuntar á ellos, ni con ellos, ni los receptar, ni guiar, ni visitar, ni acompañar, ni dar, ni enviar dádivas, ni promesas, ni pres, ni los favorecer, y si contra en algún tiempo fuere ó viniere que caiga é incurra en pena de impenitente relapsa, y sea maldita y excomulgada; y pido al presente secretario testimonio de esta mi confesión y abjuración, y á los presentes ruego que de ello sean testigos. Siendo testigos los dichos, y con esto la dicha Doña Francisca Núñez de Carabajal fué absuelta en forma, y porque dijo no sabía firmar, lo firmó por ella uno de los Sres. Inquisidores.—Lic. Bonilla.—Pasó ante mí.—Pedro de los Ríos.»
Iguales á esta sentencia y abjuración fueron las de todos los individuos, varones y hembras de la familia Carabajal, y que salieron como penitenciados en el auto público de fe celebrado en México el año de 1590.
Terminado un proceso en la Inquisición, al reo si no era relajado, y por consecuencia entregado al brazo secular, y quemado, se le exigían bajo de juramento dos cosas: primera, que revelase cuanto había oido hablar en las cárceles del Santo Oficio; y segunda, que sobre lo que allí había visto ú oido, guardase el más profundo secreto.
He aquí cómo se ejecutaban estas diligencias:
Juramento.
«E luego fuéle recibido juramento en forma debida de derecho á dicha Doña Francisca Núñez de Carabajal, so cargo del cual prometió decir verdad.
«E luego fuéle recibido juramento en forma debida de derecho á dicha Doña Francisca Núñez de Carabajal, so cargo del cual prometió decir verdad.
Aviso de cárcel.
«Preguntada sobre el secreto y avisos de cárcel, dijo: que en el tiempo que ha estado presa en las cárceles secretas de este Santo Oficio, no ha sabido ni entendido que en ellos se haya hecho ni dicho cosa que deba manifestar contra su recto y libre ejercicio, ni contra sus ministros, ni que se hayan llevado ni traido recados algunos de fuera ni de dentro, ni ella los lleva, é que el Alcaide la ha tratado bien y ha hecho bien su oficio.
«Preguntada sobre el secreto y avisos de cárcel, dijo: que en el tiempo que ha estado presa en las cárceles secretas de este Santo Oficio, no ha sabido ni entendido que en ellos se haya hecho ni dicho cosa que deba manifestar contra su recto y libre ejercicio, ni contra sus ministros, ni que se hayan llevado ni traido recados algunos de fuera ni de dentro, ni ella los lleva, é que el Alcaide la ha tratado bien y ha hecho bien su oficio.
Secreto.
«Fuéle mandado debajo del juramento que tiene hecho, y so pena de excomunión mayor, y que será gravemente castigada, que tenga y guarde secreto de todo lo que en su negocio, causa y proceso ha pasado, y de todo lo demás que oviere visto y entendido en las cárceles de este Santo Oficio durante su prisión, y que no lo revele ni descubra en maneraalguna directa ni indirectamente, y así prometió de lo cumplir, sin exceder.»
«Fuéle mandado debajo del juramento que tiene hecho, y so pena de excomunión mayor, y que será gravemente castigada, que tenga y guarde secreto de todo lo que en su negocio, causa y proceso ha pasado, y de todo lo demás que oviere visto y entendido en las cárceles de este Santo Oficio durante su prisión, y que no lo revele ni descubra en maneraalguna directa ni indirectamente, y así prometió de lo cumplir, sin exceder.»
Así terminó el primer proceso de la familia Carabajal, y sólo agregaré la sentencia que recayó contra D. Baltasar, que, como hemos dicho, huyó sin que la Inquisición hubiera podido encontrarle nunca.
«Christi Nomine Invocato.Fallamos atentos los autos y méritos de dicho proceso, el dicho Promotor fiscal haber probado bien y cumplidamente su acusación, tanto cuanto de derecho ha sido necesario para haber victoria en esta causa, en consecuencia de lo cual que debemos declarar y declaramos el dicho Baltasar Rodriguez de Carabajal, haber sido y ser hereje, apóstata, judaisante, domatista, fautor y encubridor de herejes, y por ello haber caido é incurrido en sentencia de excomunion mayor, y en todas las otras penas en que caen é incurren los herejes, apóstatas, las cuales mandamos que sean ejecutadas en su persona y bienes y relajamos la persona del dicho Baltasar Rodriguez, pudiendo ser habido, á la justicia y brazo seglar para que en él sea ejecutada la pena que en derecho tal caso requiere, y porque al presente el dicho Baltasar Rodriguez no puede ser habido, mandamos que en su lugar sea sacada á este presente auto una estátuaque represente su persona con una coroza de condenado y un Sambenito con las insignias y figura de tal condenado, y un letrero de su nombre, la cual esté presente al tiempo que se leyere esta nuestra sentencia. Y acabada de leer, la dicha estátua sea entregada á la justicia y brazo seglar para que la manden quemar é incinerar. Y declaramos sus bienes, muebles y raices ser confiscados y pertenecer á la cámara y fisco del Rey nuestro Señor, y por esta nuestra sentencia, se los aplicamos, y á su receptor en su nombre, desde el día y tiempo que comenzó á cometer los dichos delitos, y declaramos por inhábiles é incapaces á los hijos é hijas del dicho Baltasar Rodriguez y á sus nietos por línea masculina, para poder haber ni poseer dignidades, beneficios ni oficios, ansí eclesiásticos como seglares, y otros oficios públicos é de honra, y no poder traer armas, oro, plata ni seda, ni andar á caballo, ni usar de las demas cosas que por derecho comun, leyes y pragmáticas de estos Reynos é instructivos del Santo Oficio á los semejantes inhábiles, son prohibidos. Y por esta nuestra sentencia definitiva, juzgando así lo pronunciamos y mandamos en estos escriptos y por ellos.—Lic. Bonilla.—Santo García.»
«Christi Nomine Invocato.Fallamos atentos los autos y méritos de dicho proceso, el dicho Promotor fiscal haber probado bien y cumplidamente su acusación, tanto cuanto de derecho ha sido necesario para haber victoria en esta causa, en consecuencia de lo cual que debemos declarar y declaramos el dicho Baltasar Rodriguez de Carabajal, haber sido y ser hereje, apóstata, judaisante, domatista, fautor y encubridor de herejes, y por ello haber caido é incurrido en sentencia de excomunion mayor, y en todas las otras penas en que caen é incurren los herejes, apóstatas, las cuales mandamos que sean ejecutadas en su persona y bienes y relajamos la persona del dicho Baltasar Rodriguez, pudiendo ser habido, á la justicia y brazo seglar para que en él sea ejecutada la pena que en derecho tal caso requiere, y porque al presente el dicho Baltasar Rodriguez no puede ser habido, mandamos que en su lugar sea sacada á este presente auto una estátuaque represente su persona con una coroza de condenado y un Sambenito con las insignias y figura de tal condenado, y un letrero de su nombre, la cual esté presente al tiempo que se leyere esta nuestra sentencia. Y acabada de leer, la dicha estátua sea entregada á la justicia y brazo seglar para que la manden quemar é incinerar. Y declaramos sus bienes, muebles y raices ser confiscados y pertenecer á la cámara y fisco del Rey nuestro Señor, y por esta nuestra sentencia, se los aplicamos, y á su receptor en su nombre, desde el día y tiempo que comenzó á cometer los dichos delitos, y declaramos por inhábiles é incapaces á los hijos é hijas del dicho Baltasar Rodriguez y á sus nietos por línea masculina, para poder haber ni poseer dignidades, beneficios ni oficios, ansí eclesiásticos como seglares, y otros oficios públicos é de honra, y no poder traer armas, oro, plata ni seda, ni andar á caballo, ni usar de las demas cosas que por derecho comun, leyes y pragmáticas de estos Reynos é instructivos del Santo Oficio á los semejantes inhábiles, son prohibidos. Y por esta nuestra sentencia definitiva, juzgando así lo pronunciamos y mandamos en estos escriptos y por ellos.—Lic. Bonilla.—Santo García.»
Esta sentencia se ejecutó al pie de la letra, y D. Francisco Rodriguez de Matos, difunto,marido de D.ª Francisca, fué también relajado y quemado en estátua, en el mismo auto de fe.
Como cárcel perpetua se señaló á D. Luis de Carabajal, el joven, el Hospital de dementes de San Hipólito, y á D.ª Francisca, D.ª Isabel, D.ª Leonor, D.ª Catalina y D.ª Mariana, una casa aislada que estaba frente al Colegio de Santiago Tlaltelolco.
D. Luis Carabajal, el gobernador, fué desterrado de las Indias.
Así concluyó esta primera persecución que sufrió la familia de Francisco Rodriguez de Matos.
Vicente Riva Palacio.
El domingo 8 de diciembre de 1596, en la Plaza mayor de México, y delante de las Casas de cabildo, celebraba la Inquisición un auto público de fe, y á este auto público salían como penitenciados Doña Francisca Núñez de Carabajal y sus hijos D. Luis, D.ª Leonor, D.ª Isabel y D.ª Catalina.
Vamos á ver por qué estaban allí y cuál es la suerte que les esperaba.
** *
Por el mes de enero de 1595, el fiscal de la Inquisición, que lo era en aquella época el Dr. Martos Bohorques, acusó formalmente ante los Inquisidores Dr. Lobo Guerrero y D. Alonso de Peralta, á D.ª Francisca de Carabajal y á sus hijos, por observantes de la ley de Moisés, con la agravante circunstancia de que todas estas personas habían sido ya procesadasy reconciliadas por el mismo delito en el año de 1590.
Los Inquisidores, como era natural, ordenaron la prisión de los reos, que fueron conducidos inmediatamente á las cárceles secretas del Santo Oficio.
Dióse principio á las causas, cuyos procedimientos, siendo en todo semejantes á los que dejamos explicados en el capítulo anterior, no es necesario explicarlos ni repetirlos.
Como de costumbre, unos individuos de la familia declararon contra los otros: volvieron á aparecer multitud de personas complicadas, y se acumularon testificaciones sobre testificaciones.
Hay, sin embargo, en el proceso de D. Luis Carabajal, curiosas diligencias, de las que no queremos privar á nuestros lectores, para que se formen mejor idea del carácter de los Ministros, y modos de enjuiciar en el Santo Oficio, en cuyo tribunal no se despreciaba medio alguno para conocer los pensamientos del acusado y para examinar su conciencia, por más que estos medios parezcan reprobados é ilícitos, ahora que está prohibido á los jueces hasta hacer preguntas capciosas á los acusados.
** *
Los Secretarios del Santo Oficio y los Alcaides andaban constantemente escuchandoen las puertas de los calabozos de los presos, para saber sus conversaciones y delatarlas á los Inquisidores; y los presos eran encerrados juntos para que unos vinieran á delatar las pláticas y conversaciones de los otros. Así consta en muchas diligencias; por ejemplo, en la siguiente:
Declaración del Secretario Pedro de Mañosca
«En la ciudad de México, á 16 días del mes de Octubre de mil y quinientos y noventa y cinco años, estando en su audiencia de la mañana los Sres. Inquisidores Dr. Lobo Guerrero y Lic. D. Alonso de Peralta, pareció en ella de su voluntad, Pedro de Mañosca, Secretario de este Santo Oficio, del cual siendo presente fué recibido juramento en forma debida de derecho, so cargo del cual prometió de decir verdad, y dijo de ser de edad de 32 años, poco más ó menos, y dijo: que por descargo de su conciencia viene á decir y manifestar lo que oyó á los tres, cuatro, cinco y seis de este presente mes y año, hallándose en todos estos cuatro días desde las siete horas hasta las ocho por la noche, á la puerta de la cárcel, donde estaban juntos Luis de Carabajal, preso en este Santo Oficio y reconciliado que ha sido por él, y Luis Díaz, clérigo, habiendo ido allí en compañía y juntamente con Pedro de Fonseca, Notariode los Secretos de este Santo Oficio, y de Gaspar de los Reyes, Alcaide de las cárceles secretas dél, por orden y mandado de los dichos Señores Inquisidores. Y lo que pasa es, que habiendo hallado al dicho Luis de Carabajal, que es muy conocido en la voz, cantando en voz alta un romance en que parece alaba á Dios y á sus grandezas, que por haber durado poco no pudo prevenir este ni entender cosa dél para decirlo por sus palabras. Oyó que el dicho Luis Diaz, clérigo, dijo al dicho Luis de Carabajal:—deje agora de cantar; dígame, ¿San Pedro en el infierno está?—y respondió el dicho Luis de Carabajal—Sí, y no quisiera yo tener tanto fuego como él en la trasera—diciéndolo suciamente, y que también estaban en el invierno Juan Garrido y su madre María Fernández, diciéndolo por Ntro. Señor Jesucristo y Ntra. Señora la Virgen.»
Por este estilo fueron las declaraciones de Fonseca y de Gaspar de los Reyes, y de los presos que sucesivamente fueron encerrando con Luis de Carabajal; conviniendo todas sus declaraciones, sin embargo, en que Carabajal estaba resuelto á vivir y morir en la ley de Moisés.
** *
El 17 de marzo de 1595, Gaspar de los Reyes Plata se presentó en la audiencia de losInquisidores y dijo: «que por descargo de su conciencia viene á decir y manifestar que el sábado en la noche, 13 del presente mes y año, llevando de cenar á Luis de Carabajal, preso en este Santo Oficio, le dió un melón comenzado que este le había dado para comer, y le dijo que llevase aquel melón á Dª. Leonor de Carabajal, su hermana, la cual, por lo que el dicho Luis de Carabajal muchas veces ha dicho á este, entiende que está presa con las demás y su madre; y luego dijo: que entiende el dicho Luis de Carabajal, que están presas las dichas Dª. Leonor y su madre, porque ha dicho á este, nombrándolas, que tenga cuenta con ellas y las regale. Y este después miró dentro en el melón y halló entre las pepitas y al cabo de él, un hueso de ahuacate envuelto en un pedazo de tafetán como morado, de que hizo demostración, y luego como lo vió envuelto en dicho tafetán, lo llevó al dicho Sr. Inquisidor Dr. Lobo Guerrero para que lo viese, el cual le mandó que lo guardase para presentarlo en el tribunal, y las letras que están escritas en dicho hueso, que se pueden leer, dicen de esta manera:Paciencia como Job; y las letras que se siguen no se pueden leer, porque con el tiempo que ha pasado se han revenido en el dicho hueso de ahuacate, y otras letras que están en el mesmo hueso, que se pueden leer, dicen de esta manera:—Almas de mi corazon,visíteos A. N. S., que al parecer quieren decir las dichas letrasAdonay Nuestro Señor, y en el dicho hueso hay otras letras que dicen:—yo la tengo Gloria á Dios con grillos estoy por mi D.
«Y así mesmo, y el dicho Luis de Carabajal, el domingo siguiente, 14 días del mesmo mes y año, le dió á este un plántano para que diese á la dicha Dª. Leonor su hermana, en el cual plántano con mucha sutileza, en medio de él, sacada la carne que bastaba para poner un hueso de ahuacate, estaba metido el dicho hueso envuelto en un tafetan y de la mesma color morada, y en el dicho hueso había escrito las letras siguientes:albricias, que los Angeles y Santos de Adonay en el Parayso nos esperan, mártires mias, benditas de Adonay. Yo pensé ir solo, bendita mia; envíame señas si estás sola ó no, acuérdese Adonay de la madre Santa, y á tí y á ella tengo en el corazon.»
Muchos recados escritos en huesos de aguacate siguió presentando el Alcaide, y en todos ellos se descubre el tierno cariño que Luis de Carabajal profesaba á su madre y hermanas, y la fe ardiente que tenía en su religión.
Hay uno de estos recados que no podemos menos de copiar; iba también escrito en un hueso de aguacate y dirigido á Dª. Leonor, y decía así: «Angel mio, albricias, que mejor viaje es el del Parayso que el de Castilla; bienaventuradoel pan que comiste, y el agua que bebiste, y la tierra que pisaste, y el vientre en que anduvimos, que de aquí á poco hemos de ir á profesar la Religión sacra de los Angeles y Santos, y á ver la tierra suya de Adonay. ¡Oh qué ricos jardines, músicas y fiestas nos esperan; lindos torneos se han de hacer en el cielo cuando Adonay nos corone por su firme fé; nadie desmaye, que su vida con ayuda que Adonay mi Señor nos dé, la cuesta de esta cárcel es la gloria; ¡quién pudiera contaros todo lo que el Señor me ha mostrado; mas con su ayuda, presto nos veremos; tres semanas estuve en un calabozo; ya me sacó Adonay mi Señor, y me puso donde veo el cielo, día y noche; una Biblia, con milagro, tuve ocho días aquí; benditas de Adonay, por acordarme de vos, de mí me olvido.»
Aun sigue más adelante esta carta, y parece increíble que tanto pudiese escribirse en Un hueso de aguacate. Sin embargo, así consta de los autos originales.
** *
Los Inquisidores mandaron al Alcaide, no sólamente que admitiese esos recados de D. Luis para sus hermanas, sino que con objeto de saber lo que se escribia, encargaron al dicho Alcaide que como al descuido llevase las correspondencias á quienes iban dirigidas, y dejase en los calabozos pluma, tinta y papel; así consta en el expediente original.
En una de esas declaraciones, dice:
«Y para que el dicho Luis de Carabajal pudiese escribir, visto que escribia en los huesos de ahuacate, le dejo un tintero muy al descuido, por mandado de los dichos Señores Inquisidores.»
Más adelante hay una diligencia en que dice: hablando de los papeles que como resultado de esta intriga traidora escribió Luis de Carabajal, y entregó el Alcaide Gaspar de los Reyes Plata:
«Y vistos los dichos papeles por los Sres. Inquisidores, Dr. Lobo Guerrero y Lic. D. Alonso de Peralta, mandaron se le entreguen al dicho Alcaide para que entre algunas frutas y muy al descuido y con mucha disimulación, los dé á la dicha Dª. Leonor, juntamente con una de las peras (en estas peras venía escrito un recado), la mayor que hoy dicho día así mesmo exhibió el dicho Alcaide, como lo tiene declarado en su dicho, y que esté muy advertido de mirar con mucho cuidado si le diere la dicha Leonor para su hermano D. Luis de Carabajal algún recado de frutas ó en otra cualquier manera, y antes de entregarlo lo traiga al tribunal, y que con la mayor disimulación en algun plántano ó plántanos, envuelto en algun lienzo, le dé tambien á la dicha Dª. Leonor un pliego de papel blanco y pluma para ocasionarla á que responda al dicho su hermano, para quese descubra la verdad y se administre justicia.»
D. Luis y sus hermanas cayeron inocentemente en la red que les tendían aquellos hombres sin corazón, y sostuvieron una larga correspondencia por medio de cartas que, antes de llegar á su destino, se copiaban íntegras en el proceso.
Muchas de ellas, sin embargo, se agregaron originales á la causa, y se experimenta una extraña sensación al recorrer aquellas líneas trazadas por la vacilante mano de los que, viviendo en tan dura prisión rodeados de enemigos y de traiciones, y próximos ya á expirar en una hoguera, mostraban una fe tan ardiente en sus doctrinas y una tan grande entereza de alma.
** *
Según las reglas de procedimiento, dadas para el Santo Oficio por el célebre Torquemada, el más terrible de los Inquisidores de España, jamás el acusado debía conocer á los testigos ni saber su nombre, observándose tanto cuidado en esto, que si alguna circunstancia había en la declaración, por donde el reo pudiera adivinar ó venir en conocimiento de quién era el testigo, debía suprimirse esta parte de la declaración al notificársela al reo; y como última precaución se observaba por regla general que las declaraciones de los testigos,al comunicarse al reo, se pusieran en tercera persona, aun cuando el testigo hubiera hablado en primera; así, si éste decía que el reo le había dicho tal cosa, al leerle á aquel la declaración, se decía que un testigo declaraba que el reohabía dicho á cierta personaaquello mismo, para que ni aun por esto pudiese venir en conocimiento de quién era el testigo.
Uno de los testigos en la causa de la familia Carabajal, y denunciado por ellos, fué llevado á la Inquisición y procesado.
Confesó sus propias culpas; pero cuando fué requerido como testigo, se negó enérgicamente á declarar. Víctima de su lealtad, no quiso descubrir nada que pudiera perjudicar á los mismos que le habían traído á aquella situación, y esto provenía sin duda del misterio con que se guardaba el nombre de los testigos. Quizá si Manuel Díaz, que así se llamaba este infeliz, hubiera sabido que los Carabajales habían tenido la debilidad de denunciarle, no habría sufrido tan terribles tormentos en la Inquisición.
En efecto, increíble parece la energía de este hombre en el sufrimiento; y su constancia venció la crueldad de los Inquisidores. Por esta circunstancia notable se hace preciso copiar la diligencia de tormento, que puede dar una idea completa de la heróica resolución de aquel hombre y de la saña de sus jueces.